“ Illumina Domine Vultum Tuum super nos ”

sábado, 25 de agosto de 2012

LAS IGLESIAS CATÓLICAS ORIENTALES


Existe en el occidente católico un error muy común: identificar Iglesia católica con «Iglesia latina» o la falsa creencia de que la liurgia se celebra de una sola forma y que solo cambia cuando hay un curita caprichoso por ahi. No saben la mayoria de los catolicos de occidente que existen otras 21 formas licitas de celebrar la liturgia.
El término “rito” siempre ha tenido un sentido religioso ligado a la esfera litúrgica que permanece hasta nuestros días. Ya la Vulgata hacía de este término un sinónimo de ceremonia, de prescripciones y de costumbres ligadas a la liturgia.
Con el “rito” la Iglesia indicaba al principio la praxis de una cierta liturgia, como el rito de la aspersión del agua o el rito de añadir el agua en el vino en la Santa Misa. Después empieza a indicar una ceremonia de culto, es decir, toda la función litúrgica, como el rito del bautismo y el rito de la misa por ejemplo; o incluso, indicaba con el término “rito”, el conjunto de la misma liturgia, como el rito romano, o el rito ambrosiano en Milán. A finales del siglo XII, con Celestino III (1191- 1198), el término “rito” fue usado para indicar el conjunto de leyes o de costumbres que deben respetarse y observarse atentamente. Celestino III, de hecho, impedía mezclar los diversos ritos a los obispos griegos que intentaban imponer la observancia de sus ritos y costumbres al clero latino.
A continuación, el rito comenzó a indicar a toda la comunidad que observa estas leyes, disciplina y liturgia. Aparece, por tanto, el sentido de “iglesia particular”.
Desde el siglo XVII se comienza a hablar del rito Latino, del rito Armenio y del rito Griego. Aparece, por tanto, este nuevo significado del término “rito” como iglesia particular.


Es sabido que en la Iglesia existen diversos ritos. Por ritos se pueden entender dos realidades: por un lado un rito es un conjunto de tradiciones litúrgicas, y por otro se habla de ritos en sentido jurídico.
En el sentido litúrgico, en la Iglesia hay dos grandes familias de ritos, los occidentales y los orientales. Entre los ritos occidentales se encuentran el romano, el milanés o ambrosiano y el visigodo o mozárabe o hispánico. Históricamente se pueden citar más ritos, pero estos son los que han llegado a nuestros días. Y entre los orientales se enumeran cinco principales: el alejandrino, el antioqueno, el armenio, el caldeo y el constantinopolitano o bizantino. Obsérvese que entre estos ritos se encuentran los de los tres grandes Patriarcados de la antigüedad: el de Alejandría, el de Antioquía y el de Constantinopla.
En derecho canónico se habla de Iglesias rituales o autónomas (en latín sui iuris), para referirse a las Iglesias particulares, en comunión con el Romano Pontífice, que tienen una organización propia, con una disciplina y un derecho propios, y que responden a tradiciones espirituales y litúrgicas propias. El Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, CCEO), en el canon 27, las define como “la agrupación de fieles cristianos unidos a la jerarquía, que la suprema autoridad de la Iglesia reconoce expresa o tácitamente como sui iuris”.
El hecho de que se reconozca una Iglesia sui iuris se debe a que estas Iglesias particulares se engarzan en uno de los cinco ritos orientales. Profundas razones históricas llevan a considerar y respetar el patrimonio espiritual de cada una de ellas. Todas ellas son tributarias del patrimonio espiritual de uno de los Patriarcados de la antigüedad mencionados, o de otras venerables tradiciones. En el caso de Armenia, esta nación recibió la fe cristiana antes del siglo III, considerándose el primer Estado que se puede llamar cristiano. Y los cristianos de Caldea pueden remontar sus antecedentes en la fe casi a los Apóstoles.
Con el paso de los siglos se formaron esas tradiciones homogéneas que derivaron en la constitución de liturgias propias y Patriarcados autónomos. Aunque hubo cismas y herejías que rompieron la unidad de la Iglesia, hubo cristianos de esas tradiciones que volvieron a la comunión con el Romano Pontífice. Para poder respetar su rico patrimonio espiritual se constituyeron en Iglesias sui iuris. A veces a estos católicos se les ha llamado uniatas, o uniatos, pero este término se considera peyorativo, de modo que tiende a abandonarse su uso. La Iglesia maronita es excepción en este devenir histórico: es la única Iglesia oriental católica que siempre ha estado en comunión con el Romano Pontífice, y además no tiene una Iglesia equivalente que se haya separado de la sede de Pedro.
Por lo tanto no se debe considerar a los catolicos orientales (ni lo son) como catolicos de segunda clase, o como catolicos de menor importancia... El esplendor de su liturgia y la belleza de sus ritos son un gran tesoro para la Iglesia Universal.

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